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Seguro de Decesos con Incineración

Los seguros de decesos cubren los gastos relacionados con el sepelio del cliente hasta el límite del capital asegurado y se encarga de la realización de los trámites y gestiones relacionados con el entierro del cliente. Este tipo de póliza supone una ayuda para los familiares del fallecido en uno de los momentos más difíciles, ya que no tendrán que preocuparse de dichas cuestiones e incluso podrán disfrutar de ciertas ventajas que les ofrecen algunas compañías aseguradoras, como el servicio de atención psicológica.

Además, las compañías de seguros suelen ofrecer una serie de garantías que puede añadir a su seguro de forma opcional y que completaran su seguro de decesos para que se ajuste en la medida de lo posible a sus necesidades.

Con respecto a la prestación del servicio funerario que ofrecen las pólizas de decesos, se incluye el coche fúnebre, el féretro, el sudario, el acondicionamiento del cadáver, el tanatorio, las flores y el servicio religioso, además de los gastos de incineración e inhumación.

Normalmente, los seguros de decesos permiten escoger donde se realizará la inhumación o incineración y el lugar en el que tendrá lugar el entierro del fallecido. Sin embargo, la elección de la localidad podría suponer una variación de las coberturas, en función de ésta.

Algunas aseguradoras también incluyen otros servicios como la difusión de esquelas, el catering, la música, el libro de firmas, etc. Los precios del entierro/incineración suelen ascender de los 1.000 euros, por ello resulta conveniente adquirir una póliza de decesos que le aporte la tranquilidad de saber que se encargarán de todos estos aspectos en el momento de su fallecimiento.

Por otra parte, los seguros de decesos también incluyen la realización de las gestiones administrativas posteriores al fallecimiento del asegurado. Esto quiere decir, que los profesionales de las diferentes entidades se harán cargo del papeleo relacionados con la defunción y el sepelio. Estas gestiones hacen referencia a la inscripción en el Registro Civil, la solicitud del certificado de defunción, la solicitud de la pensión de viudedad, orfandad, invalidez o jubilación, la adjudicación de herencias, la petición del certificado de convivencia o la baja del libro de familia, entre otras.

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